Desde el Patronato de Turismo ruegan a turistas y ciudadanos, que solo acudan al Aeropuerto de Fuerteventura solo si tienen plaza confirmada en sus vuelos de salida.
Los vuelos autorizados desde Canarias a Península y entre islas son los siguientes:
– 2 vuelos al día entre Madrid y la isla de Gran Canaria.
– 2 vuelos al día entre Barcelona y la isla de Gran Canaria.
– 1 vuelo al día entre Bilbao y la isla de Gran Canaria.
– 1 vuelo al día entre Sevilla y la isla de Gran Canaria.
– 2 vuelos al día entre Madrid y el aeropuerto de Tenerife Norte.
– 2 vuelos al día entre Barcelona y el aeropuerto de Tenerife Norte.
– 1 vuelo al día entre Bilbao y el aeropuerto de Tenerife Norte.
– 1 vuelo al día entre Sevilla y el aeropuerto de Tenerife Norte.
– 1 vuelo al día entre Madrid y el aeropuerto de Tenerife Sur.
– 1 vuelo al día entre Madrid y La Palma.
– 1 vuelo al día entre Madrid y Lanzarote.
– 1 vuelo al día entre Barcelona y Lanzarote.
Las compañías que operan serán:
Iberia Express: www.iberiaexpress.com 901 111 500 (Vuelos Fuerteventura – Madrid)
Vueling: www.vueling.com 902 80 80 05 (Vuelos desde Gran Canaria a Barcelona, Sevilla, Bilbao)
Entre Canarias: www.bintercanarias.com 902 391 392 y 928 327 700 (Vuelos Interinsulares)
Canarias reduce a 18 las conexiones aéreas entre las islas
El número máximo de vuelos diarios por sentido entre los diferentes aeropuertos de canarias será el siguiente: Gran Canaria-Tenerife Norte, 4; Gran Canaria-Lanzarote, 3; Gran Canaria-Fuerteventura, 3; Gran Canaria-El Hierro, 1; Gran Canaria-La Palma, 1; Tenerife Norte-La Palma, 2; Tenerife Norte-La Gomera, 1; Tenerife Norte-El Hierro, 1; Tenerife Norte-Fuerteventura, 1, y Tenerife Norte-Lanzarote: 1
Asimismo, los operadores de transporte tomarán las medidas necesarias para procurar la máxima separación posible entre los pasajeros, limitando los vuelos al 50% de su capacidad.
Los pasajeros que utilicen los servicios de transporte autorizados deberán poder justificar la necesidad inaplazable de realización del viaje para alguna de las siguientes actividades: garantizar el abastecimiento de bienes y servicios a la población; asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial; retorno al lugar de residencia habitual; asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables, y por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
Restricciones en el transporte marítimo interinsular
En lo que se refiere al transporte marítimo interinsular este también se ve reducido a menos de la mitad de su frecuencia habitual y sometido a los mismos condicionantes, prácticamente, que el aéreo. Es decir, aquellas personas que quieran viajar entre islas por mar deberán justificar la necesidad inaplazable de realizar el viaje por alguna de las circunstancias ya descritas (retorno al lugar de residencia, asistencia y cuidado de mayores o situación de necesidad, entre otros), y los barcos irán a la mitad de su capacidad.
De esta forma, las 62 rutas marítimas que habitualmente cubren los desplazamientos interiores entre las ocho islas se reducen a 26, con las siguientes frecuencias: Santa Cruz de Tenerife-Agaete, 3; Las Palmas de Gran Canaria-Morro Jable, 2; Las Palmas de Gran Canaria-Arrecife, 1; Santa Cruz de Tenerife-Las Palmas de Gran Canaria, 4; Corralejo-Playa Blanca, 4; Los Cristianos- San Sebastián de La Gomera, 4; Los Cristianos-Santa Cruz de La Palma, 2; Las Palmas de Gran Canaria-Puerto del Rosario, 1; Los Cristianos-Valverde, 1, y Órzola-Caleta de Sebo, 4.
Además, se prohíbe la entrada en los todos los puertos de Canarias de todos los buques y embarcaciones de recreo utilizados a título particular o en arrendamiento náutico (chárter), independientemente de su procedencia.